Grupo Méxicola cuarta empresa más grande del país, informó que personal armado de la Secretario de Marina ocupó las instalaciones de Ferrosur SA de CV en el tramo Coatzacoalcos – Medias Aguas desde las 6:00 de la mañana, hora local, de este viernes 19 de mayo.
“La sorpresiva e inusual toma de las instalaciones por parte de las Fuerzas Armadas está siendo analizada por Grupo México Transportes, sus inversionistas y asesores”, precisó la empresa a través de un Hecho Relevante, enviado a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV). ).
También aclaró que la empresa seguirá brindando servicio a sus usuarios sin afectación alguna por el momento, solo con la vigilancia de las Fuerzas Armadas y se brindará información oportuna sobre las acciones a seguir en base a sus obligaciones como empresa pública. .
La empresa minera más grande de México, propiedad de Germán Larrea Mota-Velasco bien, también refirió que de la misma forma, en el Diario Oficial de la Federación se publicó el decreto que ordena la ocupación temporal e inmediata del tramo ferroviario por parte del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec SA de CV, empresa de participación mayoritaria estatal. .
¿Qué dice el decreto?
De acuerdo con el documento publicado en el DOF, en su artículo segundo señala que se ordena la ocupación temporal inmediata a favor de Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, SA de CV, en su calidad de integrante de la plataforma logística multimodal encargada de el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, de:
Las vías generales de comunicación ferroviaria que corresponden a los tramos ferroviarios que van de Medias Aguas a Coatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, con una longitud de 91,219 kilómetros de la Línea Z; de Hibueras a Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, con una longitud de 11 kilómetros que constituyen el Ramal ZA, y de Coatzacoalcos a El Chapo, Veracruz de Ignacio de la Llave, con una longitud de 18 kilómetros de Línea FA, detallados en el plano y tablas de construcción del considerando de este decreto.
Mientras que en el artículo Cuarto especifica que “los derechos y obligaciones contraídas con terceros por Ferrosur, SA de CV para el servicio público de transporte de carga en las fracciones a que se refiere el artículo SEGUNDO, inciso a, serán asumidos por Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, SA de CV de la ocupación ordenada en este decreto”.
Mientras que la Sexta establece que: “Ferrosur, SA de CV y demás legítimos titulares e interesados de los bienes y derechos que pudieran ser afectados por el presente decreto deberán ser notificados personalmente, en el domicilio que conste en el expediente correspondiente”.
En caso de que no fuere posible notificar personalmente, por desconocer quiénes son las personas o su domicilio o ubicación, efectuar una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la primera publicación, de conformidad con el artículo 4 . de la Ley de Expropiación, añade.
En dicha publicación también se refiere que “que, en definitiva, es necesario que los tramos ferroviarios que van de Medias Aguas a Coatzacoalcos, de El Chapo a Coatzacoalcos y de Hibueras a Minatitlán queden a cargo del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, SA de CV, ya que son ideales para una operación ferroviaria directa y dinámica para el movimiento de trenes”.
Por ello, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, con fundamento en distintos artículos de la Ley de Expropiación, solicitó a la Secretaría de Marina que tramite la emisión de la declaratoria de utilidad pública, la ocupación temporal a favor del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, respecto los derechos y bienes otorgados a Ferrosur, en los tramos de Medias Aguas a Coatzacoalcos; de Hibueras a Minatitlán, y de Coatzacoalcos a El Chapo, del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
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