Democracia y libre autodeterminación de los pueblos

En la práctica de la democracia mexicana subyacen las bases ideológicas y políticas del colonialismo: está supeditado a los intereses y lógicas de poder en las que se inscribe el mundo en el contexto del neoliberalismo y su lógica de mercantilización de la vida.

Esta práctica se materializa en México en la forma en que los territorios ancestrales de los pueblos indígenas han sido expropiados y entregados durante muchos años para su explotación en la “búsqueda del progreso” y desde uno de los pilares fundamentales del eurocentrismo: el capitalismo.

Así lo ven, lo viven y lo interpelan los pueblos indígenas y desde esta perspectiva, desde esta experiencia y desde este rechazo lanzan su lectura y su grito por la verdadera democracia a todo México.

Nuestro país y sus pueblos ancestrales requieren de un verdadero ejercicio democrático para eliminar la lógica colonial y consecuentemente la influencia que tiene el racismo en la comprensión y práctica de la democracia.

La democracia a la que apelamos desde la Cuarta Transformación está ligada al reconocimiento, respeto y realización de los derechos de los diferentes. Los pueblos originarios, en el contexto de sus luchas de resistencia contra el colonialismo, la exclusión y el exterminio, han venido proponiendo, desde las prácticas de vida, reflexiones sobre la democracia.

Es cierto, en nuestro país la participación política de los pueblos indígenas ha tenido una evolución sin precedentes. Dicho proceso se construyó a partir de diversos movimientos sociales e importantes esfuerzos de hombres y mujeres a lo largo de toda la República Mexicana. En particular, tuvo su mayor reconocimiento en 1994, cuando a través del levantamiento del Ejército Zapatista, se originaron en el Estado de Chiapas una serie de instrumentos políticos y jurídicos sobre derechos y cultura indígena, como los acuerdos de San Andrés Larráinzar. Estos acuerdos contribuyeron a la reforma del artículo 2 de la Constitución Mexicana, que tuvo como objetivo garantizar el reconocimiento de estos pueblos por parte del Estado mexicano.

En este camino de luchas y levantamientos han logrado asentar y configurar su identidad étnica y su pertenencia a un colectivo-pueblo. Inicialmente, la lucha se dirigió hacia la restitución de las tierras ancestrales y de la propia identidad indígena, hasta llegar a la participación política. Lo anterior los transformó en protagonistas y gestores de su destino como colectivos con identidad y derechos. Este cambio en el panorama político de México se debe principalmente al fortalecimiento del movimiento indígena como actor social reivindicativo de sus derechos, para lograr actualmente su visibilidad ante el Estado en los diferentes espacios de toma de decisiones.

Según el artículo 3 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que establece: “Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

En este sentido, debe considerarse que el componente principal de la libre determinación es la capacidad de los pueblos indígenas para determinar su estatus político, que puede incluir formas de organización tradicionales, estatales u otras.

A pesar de los avances en materia de derechos y justicia, hoy no existe un procedimiento electivo para ningún pueblo indígena, el cual está regulado por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, cuyo objeto es establecer las disposiciones aplicables en materia de instituciones y procedimientos electorales, así como distribuir competencias entre la Federación y las entidades federativas en estas materias.

Por ello, para remediar este vacío legal, y con el fin de no vulnerar la soberanía de las entidades federativas, sino establecer la obligación de dichas entidades de legislar sobre autodeterminación y autonomía, propusimos reglamentar las constituciones y leyes de los entidades federativas para que tengan la capacidad de reconocer y reglamentar la forma en que los pueblos y comunidades indígenas pueden elegir, de conformidad con sus normas, procedimientos y usos tradicionales, las autoridades o representantes para el ejercicio de sus propias formas de gobierno interno, en un marco de autodeterminación y autonomía.

El respeto y la solidaridad con los pueblos indígenas debe plasmarse en leyes que garanticen el cumplimiento de sus derechos, no sólo en el marco de discursos demagógicos que sirven para tapar apariencias y actuar como paliativos ante una realidad que aqueja a los pueblos y comunidades.

POR JOSÉ NARRO CÉSPEDES
COLABORADOR
@NARROJOSE

MBL

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