El juez Servini declaró inconstitucional la gratuidad de la propaganda electoral en los medios

La jueza María Romilda Servini declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley sobre financiamiento de partidos políticos que puede impactar directamente la campaña: la obligación de ceder el 5% del tiempo total programación con fines electorales.

La resolución de estos días del juez con competencia electoral estuvo dada por propuesta cautelar presentada por América TV, del grupo Vila-Manzano, contra el Ministerio del Interior, en el que solicitó la inconstitucionalidad de la libre transferencia de programación con fines electorales.

Según la última modificación de 2019, «los servicios de comunicación y televisión por suscripción están obligados a ceder el 5% (cinco por ciento) del tiempo total de programación para fines electorales». «La mitad se transferirá gratuitamente y la otra mitad se considerará pago a cuenta de impuestos nacionales», detalla el reglamento vigente.

Para Servini, este pago a cuenta reconoce un «daño económico» a los medios.

“Entiendo que durante las campañas electorales, cuando se ven obligados a ceder espacios en su horario diario de forma gratuita -los que normalmente se les daría a terceros, contra pago-, las empresas con licencia dejan de recibir una determinada cantidad de dinero y esto da como resultado un daño económico. De hecho, el daño no solo es reclamado por los autores, sino también indirectamente reconocido por el Estado Nacional, al reformar el artículo 43 de la Ley 26.215, se dispone que la transferencia original del 10%, totalmente gratuita, se reducirá al 5%. ya partir de 2020, este porcentaje disminuirá en un cincuenta por ciento mientras que la otra mitad se considerará un desembolso en concepto de cancelación, por concepto de impuestos nacionales. Con esta nueva redacción del artículo 43 de la Ley 26.215, Se reconoce implícitamente la producción de daño económico en detrimento de los titulares de licencias de medios de radiodifusión.«escribió el juez.

Ahora, Se supone que el Estado, a través del Ministerio del Interior, apelará la resolución sistema judicial, lo que genera preocupación en vísperas de la campaña electoral.

En la resolución de 26 páginas, Servini aclaró que «a ninguna parte se le impedirá expresar sus pensamientos y propuestas por no poder pagarlos«.» Creo que no son las empresas privadas que licencian espacios de radio y televisión las que deben sufragar los gastos que conlleva la propaganda política de un acto electoral, sino que deben ser asumidos por el Estado, para lograr un equilibrio entre los competidores de la disputa electoral ”, agregó el magistrado.

Y ahondó en otro aspecto de la modificación parlamentaria de 2019 vinculado a la diferencia entre la televisión y la radio tradicionales y los medios digitales, que no están amparados por ninguna de las obligaciones vigentes. “Existe una desigualdad que solo la intervención estatal puede evitar”, escribió Servini.

Noticia de Argentina

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