El Senado aprobó una actualización de la ley antidopaje deportiva

El jueves, el Senado firmó un proyecto de ley que tiene como objetivo adaptar la Ley de Prevención y Control del Dopaje en el Deporte al nuevo Código Mundial Antidopaje de 2021.

La iniciativa fue aprobado por unanimidad, sin debate y en la mesa, ya que se decidió el martes pasado y necesitaba ser sancionado antes del 12 de abril, por la cercanía de los compromisos deportivos en los que participará Argentina, como la Copa América y los Juegos Olímpicos de Tokio.

Entre los principales cambios del nuevo reglamento Se modifica el régimen de sanciones por el uso de drogas, como cocaína o marihuana..

El nuevo Código establece que si se registra dopaje positivo «en controles realizados fuera de competición y sin intención de obtener beneficio alguno de este consumo», las sanciones pueden variar de uno a tres meses.

Detalles de la reforma

El proyecto, impulsado por el Ejecutivo, tiene como objetivo adecuar el régimen actual al Código Mundial Antidopaje de 2021, que entró en vigor el 1 de enero tras varios cambios realizados en 2009, 2015 y 2018 relacionados con las personas sujetas al régimen. la prueba de presencia de sustancias prohibidas, no ubicación de deportistas y sanciones, entre los principales puntos.

A partir de la reforma se incorporan las funciones y responsabilidades de otras personas sujetas a dicho régimen, distintas de ellas mismas o de los propios deportistas y sus asistentes.

Además, la actualización incluye comportamientos que violan la ubicación o el paradero del atleta. En este punto, la ley incluye como sujetos activos del delito de posesión de sustancias o métodos prohibidos, al personal de apoyo del deportista, como los deportistas.

La legislación también modifica el alcance de la infracción administrativa o intento de administración, complicidad y asociación prohibida, introduciendo como conducta punible los actos de intimidación o venganza.

Asimismo, se establecen nuevas disposiciones sobre la prueba de la presencia de una sustancia prohibida o sus metabolitos o marcadores en la muestra de un deportista.

Las regulaciones reducen las sanciones a tres meses cuando el atleta puede demostrar que cualquier ingestión o uso de sustancia ocurrió fuera de la competencia y no estuvo relacionado con el rendimiento deportivo.

Incluso se puede reducir a un mes si el atleta u otra persona «demuestra que ha ejecutado con éxito un programa de abuso de sustancias aprobado por la Comisión Nacional Antidopaje con la junta de Sedronar».

La ley también establece que, en el caso de deportes que involucren animales, las federaciones deportivas internacionales o nacionales deben «establecer y aplicar reglas antidopaje para los animales participantes».

GRB

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