En una semana, para los empleados Caduca la posibilidad de declarar deducciones que permitan que el cálculo final del Impuesto sobre la Renta sea inferior al esperado e incluso disfrutar de una devolución de las retenciones realizadas durante el 2022.
En efecto, el próximo viernes 31 es el último plazo para presentar al empleador el formulario web denominado SIRADIG con deducciones personales, para trabajadores en relación de dependencia
El Impuesto sobre la Renta de los autónomos, asalariados y jubilados es un impuesto anual en el que el utilidad generada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada añorecordó Fernando López Chiesa, de Lisicki, Litvin & Asoc.
¿Qué obligaciones tienen el empleado y el empleador en las ganancias
Si bien el período impositivo 2022 está cerrado, los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados tendrán tiempo hasta el próximo 31 de marzo para informar a su patrón (agente de retención) las deducciones permitidas por el impuesto a través del Formulario SIRADIG a través de la página web de la AFIP.indicado.
“El trabajador debe ingresar a la página web con su CUIT y clave tributaria y subir la información en el formulario SIRADIG. Es decir, todos aquellas deducciones de 2022 no declaradas deben cargarse en este momento. Sin embargo, el empleado seguirá reportando mensualmente las deducciones para el 2023”, explicó.
El empleador deberá realizar la liquidación anual del impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2022 hasta el último día hábil de abril de 2023, y lo pondrá a disposición del trabajador y procederá a retener la diferencia fiscal o devolver las cantidades retenidas en exceso con el patrimonio de abril de 2023, es decir, el último día de abril o principios de mayopreciso.
El trabajador podrá recibir la devolución de las retenciones con el sueldo de abril
Las 9 claves del formulario SIRADIG para la deducción de ganancias
López Chiesa elaboró una guía con los 9 aspectos a tener en cuenta para elaborar el formulario web SIRADIG para las deducciones en el Impuesto a la Renta:
1. ¿Quién está obligado a utilizar el sistema SIRADIG?
Aquellas personas que sean empleados en relación de dependencia o que desempeñen un cargo público, así como los jubilados, pensionados o jubilados, los miembros de cooperativas de trabajo (excepto los directores) y los actores que perciban una remuneración a través de la Asociación Argentina de Actores.
2. ¿Qué sucede cuando tengo varios trabajos en relación de dependencia (pluriempleo)?
Cuando una persona es dueña remuneración pagada por más de un empleador debe designarse el que paga la remuneración más alta como agente de retención del Impuesto a la Renta. Hay pluriempleo cuando la persona tiene más de un empleador, ya sea simultáneamente o dentro del mismo período fiscal.
El trabajador deberá informar todas aquellas remuneraciones percibidas por otro empleador. Esta información se detallará mes a mes, para que el agente de retención incorpore la renta líquida a la liquidación del impuesto y determine la retención mensual.
3. ¿Qué deducciones generales se pueden computar?
López Chiesa detalló las deducciones generales admitidas por ley de la siguiente manera:
4. ¿Cuáles son los montos de las deducciones personales y qué carga familiar se puede computar para el período 2022?
- Cónyuge o unión libre $118,741.97.
Este monto aumenta en un 22% para los empleados y jubilados de la denominada Zona Patagónica.
- Hijos o hijastros menores de 18 años (residentes locales y con ingresos inferiores al mínimo no imponible de Ganancias) $212.356,37.
Esta cantidad podrá ser computada al 100% por uno de los padres, o en el caso de que ambos padres computen la carga familiar, podrán deducir el 50% de esta cantidad cada uno.
- Hijos incapacitados para el trabajo $237.483,94.
Cómo se deducen de las Ganancias las retenciones por el dólar
5. ¿Cuándo se reportan las percepciones de ingresos por consumo y gasto en el exterior, compra de pasajes en el exterior o compra de divisas?
Las percepciones sufridas durante el año 2022 deberán ser informadas al patrón entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023, para que el agente de retención realice la liquidación anual del impuesto y lo calcule como crédito fiscal, o en su defecto, proceda a la devolución de las cantidades retenidas durante 2022.
Se reportan percepciones de ganancias sobre el dólar entre el 1 de enero y el 31 de marzo
El empleador podrá devolver hasta el monto de las retenciones practicadas durante el año 2022. Por medio de Por ejemplo, si el empleador retuvo $50,000 en el año y el empleado sufrió ganancias de $80,000, el empleador solo puede devolver hasta $50,000.señaló López Chiesa.
6. ¿Se puede deducir el impuesto PAIS del impuesto a la renta?
El impuesto PAIS no es deducible, sino sólo la percepción del Impuesto a la Renta.
7. ¿Qué deducciones se reportan en el último mes?
Los gastos que se relacionan a continuación sólo pueden ser informados al patrón en la liquidación final o anual, es decir, deben ser informados al final del año, no mensualmente:
- Primas de seguros de vida y aportaciones a planes privados de seguros de jubilación.
- Honorarios médicos.
- Percepciones tributarias sobre rentas generadas por consumos o gastos en el exterior, pasajes aéreos en el exterior o compra de divisas.
Los honorarios médicos se cobran a SIRADIG al final del año
Cuándo presentar una declaración jurada informativa del Impuesto sobre la Renta
7. ¿Tiene el trabajador la obligación de presentar una declaración jurada informativa ante la AFIP?
Cuando el trabajador o jubilado perciba una remuneración bruta anual (gravada o exenta) superior a $3.7 millones anuales, el beneficiario deberá presentar:
- A declaración jurada de impuesto a la propiedad personal, con el detalle de la existencia de activos al 31 de diciembre de cada año. Puede ser una declaración jurada informativa (no da IRPF) o determinativa, debiendo pagar el impuesto correspondiente.
- A declaración que incluye los ingresos, gastos, deducciones y retenciones sufridos en el Impuesto sobre la Renta. Para tales efectos, el beneficiario contará con la liquidación anual (Formulario F.1357) proporcionada por su empleador.
Si las declaraciones juradas son informativas (no da impuesto a la renta) el vencimiento es el próximo 30 de junio. Si da impuesto a pagar, el vencimiento de la declaración jurada y el pago opera entre el 12 y el 14 de juniosegún la CUIT.
8. Cómo cobrar a los padres la deducción por gastos de educación
En el caso de que los hijos sean dependientes de la familia, el los padres pueden tenerlos declarados 100% solo uno de ellos o 50% cada unoy aún no está previsto formalmente que la deducción de gastos educativos también se fraccione, pero la AFIP ya lo tiene en cuenta.
Los gastos de educación pueden cobrarse el 50% por cada cónyuge.
Para el contador Leandro Plano, «de la lectura del reglamento se puede deducir que la El límite máximo a deducir en el caso de gastos de educación, cuando los padres dividan la declaración de carga familiar entre los hijos, será del 40% de la renta líquida imponible por el 50%”.
“Para el período fiscal 2022, el tope del 40% de la renta neta imponible es de $101.025,94. Si un padre descuenta el 50% y el 50% restante lo descuenta el otro padre, el límite máximo a deducir será de $50,512.97«, preciso.
“Si bien la F1357 y la aplicación de rentas de personas humanas permiten a la fecha cobrar el 40% de la utilidad neta imponible íntegra ($101.025,94), aunque el padre de familia informe que descuenta el 50% del hijo, la AFIP informalmente responde que el porcentaje de deducción se debe aplicar», aclaró.
Con información de Telam, Reuters y AP