IMSS: ¿Cómo cobrar el dinero de mi incapacidad?


Si tuviste un accidente, te enfermaste o estás embarazada, y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Te extendió una incapacidad, pero no sabes cómo ni dónde cobrar este derecho como afiliado, te informamos cómo hacerlo.

la discapacidad es un certificado que otorgan los médicos del IMSS luego de que usted tuvo un riesgo de accidente de trabajo, enfermedad, derivado de sus actividades laborales, por percances que afectaron su salud o si necesita ausentarse por el nacimiento de su bebé.

detallamos Paso a paso qué tienes que hacer para no dejar de percibir tu salario o parte de él por alguna de las condiciones anteriores:

Tipos de incapacidades derivadas de un riesgo laboral, según la legislación laboral

Antes de la Ley Federal del Trabajo (LFT) existen tres tipos de discapacidades derivados de un riesgo laboral:

  1. Temporario: “Es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilitan parcial o totalmente a una persona el desempeño de su trabajo por algún tiempo”, esto según el artículo 478.
  2. Permanente parcial: Se refiere a cuando los trabajadores tienen una disminución en sus facultades o aptitudes para realizar el trabajo que tenían.
  3. Posición completa: Es la situación en que el trabajador pierde sus facultades o aptitudes para el trabajo de por vida.

En caso de muerte, también la ley contempla la muerte de las personas por riesgo del trabajo.

¿Cómo clasifica el IMSS las incapacidades y cuáles son las características?

En el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social, la invalidez, su pago y la forma de cobrar este subsidio dependerán de la situación. Se divide en tres grupos.

  1. Riesgo laboral. En esta categoría no se requieren semanas cotizadas con anterioridad, el porcentaje de pago es del 100%, de acuerdo con la salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad.
  2. Enfermedad en general. Según el sitio web del IMSS, se necesitan al menos cuatro semanas de aportes antes de la enfermedad. En el caso de trabajadores eventuales, seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio de la enfermedad. El pago es del 60% del salario registrado en el IMSS desde que se determina la incapacidad. El límite para esto está delimitado desde el cuarto día hasta el final de las 52 semanas. “Se puede extender hasta por 26 semanas más”, señala la institución.
  3. Maternidad.

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