Actualmente, la Secretaría de Bienestar se encuentra realizando un período de incorporaciones a la Pensión de Bienestar para Adultos Mayores y por ello, muchos pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE ) han cuestionado en repetidas ocasiones si también pueden solicitar este apoyo económicopor lo que en esta nota te aclararemos esta y otras dudas respecto a este programa que te pueden ser de utilidad.
Para empezar a abordar el tema, es importante mencionar que inicialmente la Pensión Asistencial para Adultos Mayores solo estaba dirigida a personas mayores de 68 años que no tenían acceso a un sistema de protección social, sin embargo, a mediados de 2021, el presidente Andrés Manuel López Obrador reportó que la edad para solicitar esta pensión bajaría a los 65 años y eso Los beneficios de este programa se extenderían a los adultos mayores que sean pensionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Una vez aclarado este punto, la respuesta a la duda antes mencionada es que los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) pueden recibir este apoyo económico, no obstante, el único requisito es tener al menos 65 años.
¿Qué otros requisitos necesito para solicitar la Pensión de Bienestar?
Si tiene previsto postular para ser beneficiario de la Pensión Asistencial para Adultos Mayores en el próximo período de inscripción, debe saber que debe contar con los siguientes Documentos para poder inscribirse:
- Para los adultos mayores indígenas, documento que acredite la residencia en alguno de los municipios clasificados como pueblos indígenas.
- Certificado de nacimiento
- Documento de identificación vigente que puede ser la credencial para votar.
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Comprobante de domicilio válido por un máximo de seis meses
- Para las personas entre 65 y 67 años inscritas en el Registro de titulares de derechos para el año 2018, solo es necesario estar activo en el registro.
- Teléfono de contacto
Es importante señalar que, en caso de inscribir a un asistente, esta persona también deberá presentar los documentos antes mencionados.
Este es el plazo para solicitar la Pensión de Bienestar
Como se mencionó al inicio de esta nota, fue el pasado lunes 17 de octubre cuando se inició el período de incorporación a la Pensión Asistencial para Adultos Mayores y de acuerdo a la información emitida por la Secretaría de Bienestar la fecha límite en la que estarán recibiendo solicitudes será el domingo 30 de octubre.
Es importante señalar que durante este período todos aquellos personas que cumplen 65 años o más durante los meses de septiembre y octubrea pesar de eso, también se atenderá a los rezagados que por alguna razón no pudieron realizar su solicitud en los periodos anteriores.
Se informó que El horario de atención será de 10:00 am a 4:00 pm de lunes a domingo y para ubicar el módulo en el que tienes que realizar el trámite, solo debes ingresar al siguiente enlace gob.mx/bienestar donde solo debes ingresar el estado y municipio donde vives.
Para agilizar el registro, el Ministerio de Bienestar emitió el siguiente Calendario para realizar solicitudes:
Resuelve todas las dudas que tengas sobre la Pensión Bienestar
En caso de tener alguna otra consulta más específica sobre el funcionamiento del programa, se recomienda ingresar al sitio web oficial del Bienestar Pensión para Adultos Mayores, el cual se encuentra en el siguiente enlace gob.mx/bienestar o si lo prefiere también Puede solicitar información a través del Línea Bienestar (800 639 42 64).
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