Pensión IMSS: Así puedes aumentar el monto de tu pensión con la asignación familiar

Si eres jubilado o pensionado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es muy probable que hayas oído hablar del subsidio familiar, un recurso utilizado para aumentar el monto de la pensión mensual, por lo que en esta ocasión te diremos lo que necesitas saber para que puedas realizar este trámite.

De acuerdo con información emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), El subsidio familiar es una ayuda económica que se entrega por concepto de carga familiar acreditada que se otorga a los beneficiarios de la pensión por desempleo en edad avanzada o vejez y dicho monto varía de acuerdo al salario del beneficiario.

Es importante señalar que este beneficio Sólo pueden aplicar para todos aquellos trabajadores o pensionados que se encuentren amparados por la Ley del Seguro Social de 1973.

¿Cuánto aumenta la pensión por cada familiar acreditado?

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer los familiares de los pensionados que pueden solicitar la asignación familiar, por lo que a continuación les presentamos el listado y los montos que estarían recibiendo, recordando que Dicha suma dependerá única y exclusivamente del salario del beneficiario:

  • Esposa o concubina (15%)
  • Niños menores de 16 años (10% por cada uno)
  • Hijos entre 16 y 25 años que se encuentren estudiando en colegios del Sistema Educativo Nacional que no estén sujetos al régimen obligatorio (10%)
  • Niños que no pueden mantenerse a sí mismos debido a enfermedades crónicas, físicas o mentales, independientemente de la edad (10 %)
  • Padres, en caso de que el beneficiario no tenga esposa, concubina o hijos según los supuestos anteriores y dependan económicamente del beneficiario (10% de la madre y 10% del padre).
Este beneficio busca brindar una mejor protección social al entorno de los pensionados. Foto: Especial

Requisitos para la asignación familiar del IMSS

  • Esposa: Debe probar el matrimonio.
  • Concubinato: Debe acreditar el concubinato.
  • Hijo menor de edad y hasta 16 años: Se debe acreditar la relación.
  • Hijo de 16 años y hasta 25 años estudiante: Debe acreditar el parentesco, así como que se encuentra estudiando en colegios del Sistema Educativo Nacional y no está sujeto al Régimen Obligatorio de Seguridad Social.
  • Hijo inválido mayor de 16 años: Debe acreditar el parentesco, así como no poder sustentarse con su propio trabajo, por enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, mientras no desaparezca la incapacidad que padezca y que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo del Instituto, certifiquen dicha condición en el formato “ST-6 Opinión de Beneficiario Inválido”.
  • Ascendente: Deberá acreditar el parentesco y dependencia económica del ascendiente con el asegurado. No debe haber esposa, concubina e hijos del asegurado o pensionado, con derecho.

Además, se debe proporcionar lo siguiente Documentos del beneficiario en original y copia:

  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio.
  • Clave Única de Registro de Población.
  • Acta de Nacimiento, Adopción o Reconocimiento (Original copia certificada)

Además de esto, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) solicitará algunos documentos adicionales que se especifican en su portal según sea el caso, por lo que se recomienda visitar la sección de «Asignaciones de la familia» para saber cuál es el total de la documentación requerida.

Finalmente, se recuerda que las asignaciones familiares se extinguen cuando fallece el pensionista. En caso de duda, se recomienda llamar 800 623 2323, donde personal del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) responderá todas las preguntas relacionadas con las pensiones.

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