Pensión IMSS: Estas son las opciones para aumentar el monto que recibes mensualmente

Si eres trabajador activo afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y estás próximo a tramitar tu pensión, es importante que sepas cuales son las opciones para que puedas aumentar la cantidad que recibirás mensualmenteasí que en esa ocasión te contaremos todo lo que necesitas saber al respecto.

Modo 40

los Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio o La modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene como finalidad permitir a los trabajadores realizar aportes voluntarios a su cuenta de ahorros para aumentar el monto de su pensión al jubilarseSin embargo, para poder optar a esta modalidad se debe cumplir con ciertas disposiciones, entre las que se encuentran no tener ninguna relación laboral al momento de solicitar este trámite, además de haber cotizado por lo menos 53 semanas en los últimos cinco años.

Es importante mencionar que los únicos trabajadores que pueden acogerse a la Modalidad 40 son todos aquellos que se encuentren acogidos al Régimen de la Ley de Seguridad Social de 1973.

Si aplicas a la Modalidad 40, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) indica que se debe aportar por lo menos el 10% del salario con el que cotizas cada 30 días, sin embargo, existe un monto máximo que se puede aportar, el cual es hasta 25 UMAs (Unidad de Medida y Actualización) para Si se aporta el monto máximo permitido al momento del retiro, el afiliado podría recibir una pensión mensual de hasta 50 mil pesos.

Es importante señalar que el monto final de la pensión se calcula en base a las semanas de aportes, por lo que mientras más periodos cotizados haya, el monto de la pensión se acercará cada vez más a los 50 mil pesos mensuales.

¿Cuáles son los requisitos para jubilarse bajo la Modalidad 40?

De acuerdo con la información emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), este trámite, que es completamente gratuito, puede ser realizado por el asegurado que se haya dado de baja del régimen obligatorio o, en su caso, por la persona autorizada para realizar fuera del procedimiento. con su respectivo poder notarial, se puede solicitar online o presencialmente en la subdelegación correspondiente del instituto y además de tener un correo electrónico, la documentación que se debe presentar o tener a la mano es la siguiente en original:

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Número de Seguro Social (SSN)
  • Escritura libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma manuscrita o huella dactilar.
  • Documento que contiene el Número de Seguro Social.
  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio
  • Comprobante de pago de la cuota obrero-patronal correspondiente (Presentado una vez aprobada la solicitud)
La modalidad 40 aumenta considerablemente las pensiones. Foto: Especial

Subsidio familiar

De acuerdo con información emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), El subsidio familiar es una ayuda económica que se entrega por concepto de carga familiar acreditada que se otorga a los beneficiarios de la pensión por desempleo en edad avanzada o vejez y dicho monto varía de acuerdo al salario del beneficiario.

Es importante señalar que este beneficio Sólo pueden aplicar para todos aquellos trabajadores o pensionados que se encuentren amparados por la Ley del Seguro Social de 1973.

¿Cuánto aumenta la pensión por cada familiar acreditado?

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció que familiares de pensionistas que pueden solicitar el subsidio familiarpor lo que a continuación presentamos el listado y las cantidades que estarían recibiendo, recordando que dicha suma dependerá única y exclusivamente del salario del beneficiario:

  • Esposa o concubina (15%)
  • Niños menores de 16 años (10% por cada uno)
  • Hijos entre 16 y 25 años que se encuentren estudiando en colegios del Sistema Educativo Nacional que no estén sujetos al régimen obligatorio (10%)
  • Niños que no pueden mantenerse a sí mismos debido a enfermedades crónicas, físicas o mentales, independientemente de la edad (10 %)
  • Padres, en caso de que el beneficiario no tenga esposa, concubina o hijos según los supuestos anteriores y dependan económicamente del beneficiario (10% de la madre y 10% del padre).

Requisitos para la asignación familiar del IMSS

  • Esposa: Debe probar el matrimonio.
  • Concubinato: Debe acreditar el concubinato.
  • Hijo menor de edad y hasta 16 años: Se debe acreditar la relación.
  • Hijo de 16 años y hasta 25 años estudiante: Debe acreditar el parentesco, así como que se encuentra estudiando en colegios del Sistema Educativo Nacional y no está sujeto al Régimen Obligatorio de Seguridad Social.
  • Hijo inválido mayor de 16 años: Debe acreditar el parentesco, así como no poder sustentarse con su propio trabajo, por enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, mientras no desaparezca la incapacidad que padezca y que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo del Instituto, certifiquen dicha condición en el formato “ST-6 Opinión de Beneficiario Inválido”.
  • Ascendente: Deberá acreditar el parentesco y dependencia económica del ascendiente con el asegurado. No debe haber esposa, concubina e hijos del asegurado o pensionado, con derecho.

Además, se debe proporcionar lo siguiente documentos del beneficiario en original y copia:

  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio.
  • Clave Única de Registro de Población.
  • Acta de Nacimiento, Adopción o Reconocimiento (Original copia certificada)

Adicional a esto, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) solicitará algunos documentos extras que se especifican en su portal según sea el caso, por lo que se recomienda visitar el “Asignaciones de la familia” para saber cuál es la documentación total requerida.

Por último, se recuerda que las asignaciones familiares se extinguen cuando fallece el pensionado. En caso de duda, se recomienda llamar 800 623 2323, donde personal de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) atenderá todas las dudas relacionadas con las pensiones.

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