Una mujer de 66 años, condenada por no tener relaciones sexuales con su marido, presentó una demanda contra el estado francés en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para solicitar un cambio en la sentencia, informan medios locales.
En 2019, la demandante, identificada como Barbara, con cuatro hijos, fue declarada culpable en un tribunal de divorcio civil con su esposo, según lo dictaminado por tres jueces en un Tribunal de Apelación de Versalles, informó Euronews.
Aunque no hubo sanción económica, ese tribunal consideró que existía «una violación grave y continua de los deberes y obligaciones conyugales, que hacía intolerable el mantenimiento de la vida en común».
La mujer sostiene que, según la legislación francesa, no existe la obligación de tener relaciones sexuales dentro del matrimonio. «ES una frase de otra época. Me sorprende. Veo esto como una denegación de justicia «, dijo la mujer a la prensa local.
La mujer dice que no quiso dar su consentimiento para tener relaciones sexuales con su marido.
“Varios jueces exoneraron el valor del consentimiento. Colegialmente decidieron condenarme por ser una mujer casada. Esta frase implica que cualquier mujer casada debe soportar el demandas sexuales de tu marido cuando ella no está de acuerdo? ¿El matrimonio te da ese derecho? «El se preguntó.
A su vez, la abogada que la representa, Lilian Mhissen, explicó que están luchando por eliminar ese lectura «arcaica» que así lo hayan hecho magistrados de distintos niveles y, además, considera «sorprendente» que la sentencia haya sido dictada por tres mujeres. «En 2021, el matrimonio ya no puede ser sinónimo de servidumbre sexual», dijo el abogado.
“Según la ley francesa, no hay obligación de tener relaciones sexuales. Es una interpretación de los jueces que se remonta al derecho canónico de Tiempo de Napoleón (Siglo XIX) y que perdura en Francia ”, lamentó Mhissen.
Asimismo, Bárbara considera que la frase «es un retroceso en el derecho de las personas a disponer de su cuerpo», que, según ella, «en la cultura de la violación».
Según él artículo 242 del Código Civil Galo, «uno de los cónyuges podrá solicitar el divorcio cuando los hechos que constituyan una violación grave o renovada de los deberes y obligaciones del matrimonio sean imputables a su cónyuge y hagan intolerable el mantenimiento del matrimonio». Excepto, como recuerdas el Fondation des femmes en un comunicado de prensa, «la Sala Penal del Tribunal de Casación ha abolido el deber marital desde la sentencia del 5 de septiembre de 1990».
La mujer padece varios problemas de salud que la han llevado a quedar discapacitada desde 1992, y en los últimos tiempos ha contado con la ayuda de varias asociaciones feministas. Según las personas que lo apoyan, si ganan el proceso, no pedirán compensación, pero sí pueden presionar por un cambio en la legislación.


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