Casarse también tiene una brecha autónoma. El derecho común establece la unión en comunidad de bienes por defecto en la mayor parte del país, o muy similar en aquellos territorios con derecho propio o autonómico como Galicia o el País Vasco, entre otros. Cataluña y Baleares marcan la diferencia al haber establecido la separación de bienes. Ya que pasar de uno a otro es posible y cuesta poco, ¿cuál es mejor?
“No son ni buenos ni malos, cada uno se adapta a un modelo de familia o de pareja”, afirma María Teresa Barea, portavoz del Consejo General del Notariado. En la propiedad comunitaria, lo adquirido después de la unión pasa a ser propiedad de ambos por igual. Para los buenos – la vivienda – y los malos – las deudas. “Está más pensado para un modelo familiar en el que no se trabaja remuneradamente”, explica Barea. En sintonía con la antigua imagen del hombre trabajador y la mujer en casa. “Es apropiado porque protege al otro en caso de muerte o divorcio”, afirma. “Excepto lo que se hereda, es el todo de todos. La vivienda, aunque se compre a nombre de uno, las acciones, incluso los sueldos y las facturas”, resume Adriana Auset, abogada y socia fundadora de Auset Abogados. En la separación de bienes, en cambio, lo que se adquiere o se invierte después de la unión es de cada uno, aunque pueden decidir adquirir bienes juntos. En el fondo siempre estará la independencia. “Evita muchos problemas porque aclara qué es de quién, refleja mejor la libertad económica y financiera. Y no es incompatible con el amor”, cree Auset.
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Cada régimen, que entra en vigor después de la unión, tiene particularidades que en el punto de partida pueden hacerlos mejores.
Los regímenes, si no se ha pactado alguno concreto, son por defecto los de autonomía en los que se produce la unión. Tienen sus pros y sus contras, como por ejemplo en la propiedad conyugal al divorciarse de la vivienda o la sociedad se suele liquidar cuando se divide, lo que aumenta el engorro, mientras que en la separación de bienes si uno ha ido acumulando capital cuando el otro estaba a cargo del cuidado familiar, se genera un desequilibrio que puede terminar en justicia si se acaba el amor. «Es más rígido», dice Auset.
Con datos en la mano, el paso del régimen matrimonial a la separación de bienes está a la orden del día. Barea lo atribuye a los cambios en el modelo familiar ya que desde el punto de vista de las deudas “el patrimonio queda fuera”. En los bienes gananciales, las deudas de uno de los cónyuges pueden dar lugar a que el acreedor las reclame al otro. “Se responde en bloque. La gran ventaja de la separación de bienes es la absoluta claridad e independencia”. El cambio de régimen se realiza en cualquier momento, antes o después de casarse, a través de la capitulación matrimonial, un documento ante notario en el que se establece el cambio de régimen y cuesta unos 80 o 90 euros, precisa.
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La capitulación matrimonial para modificar el régimen tiene un coste de unos 80 euros
A nivel nacional se firmaron 65.246 capitulaciones en 2023, el 92% con separación de bienes. Auset, especializada en derecho de familia, recomienda especialmente la separación de bienes en uniones con desigualdad patrimonial o en segundas nupcias. Si el cambio se puede hacer antes de casarse, es ideal, o al menos antes de comprar activos, porque “puede tener costes liquidarlos para adaptarse al nuevo régimen”, advierte Barea.
En Cataluña, aunque la separación de bienes ya es la norma por defecto, las capitulaciones van más en otra dirección. De hecho, es algo que va creciendo: entre 2019 y 2023 han aumentado un 26%, hasta 879 anuales, según el Colegio Notarial de Cataluña. Álvaro Marqueño, notario de Barcelona, explica que en el caso catalán se trata de documentos que incluyen “acuerdos anticipados de separación matrimonial”. “Por ejemplo, se determina quién se queda viviendo en la vivienda en caso de ruptura, o una pensión compensatoria”, explica. Respecto al aumento de los últimos años, lo atribuye a que hay más matrimonios ante notario y que “la gente viene más informada y preparada”, viendo el acuerdo como una forma de evitar problemas futuros, comenta. Es decir, sirven para dejar las cosas claras.
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Más cuidado en materia fiscal en el patrimonio matrimonial
En el apartado fiscal, estar en bienes gananciales, que en uniones sin grandes patrimonios no tiene por qué generar problemas, sí trae más esfuerzos. “Lo que hace el marido o la mujer impacta la declaración de impuestos del otro. Se entiende que forma parte de ambos”, detalla Marta Rayaces, experta en TaxDown. La venta de una vivienda, acciones y rentabilidades deberán incluirse al 50% en cada liquidación. Esto incluso da lugar a sorpresas por inversiones que la otra parte desconocía. La AEAT no lo divide en el borrador, por lo que hay que ir punto por punto. Algo que puede dar pereza y quedar atrás. ¿Dando lugar a inspecciones? “Hacienda no suele meterse porque el total se acaba declarando de una vez”, afirma Rayaces. Pero nunca se descarta una inspección, afirma. Así, en el proceso del impuesto a la renta, la separación de bienes facilita las cosas, “es lo más práctico”.
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