La campaña de devolución de impuestos entra en una nueva etapa. Desde este lunes, la Agencia Tributaria permite pedir cita previa para presentar tu declaración de la Renta por teléfono, con la ayuda de un agente de Hacienda. Esta iniciativa reduce el índice de error en los formularios, al acompañar a los usuarios con una llamada durante el proceso de liquidación del IRPF.
La base de la iniciativa consiste en dotar, en representación de Hacienda, de un agente especializado capaz de acompañar a los contribuyentes durante todo el proceso de declaración y resolver así en vivo y de forma inmediata todas las dudas que puedan surgir.
Para solicitar una cita para ser atendido por teléfono, puede elegir uno de los múltiples canales disponibles. El plazo se abre este lunes 29 de abril y cierra el 28 de junio, tres días antes de que finalice la campaña. Así, tanto Hacienda como el usuario tienen margen para resolver formularios que presenten errores o información incompleta.
¿Cómo pedir cita para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta?
Internet, con NIF/NIE o Cl@ve
Aplicación Agencia Tributaria
Llamando al teléfono automático disponible las 24 horas: 91 535 73 26 o 901 12 12 24
Llamando con atención personalizada al teléfono: 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas
Asistente de oficina
La campaña de atención telefónica inicia el 7 de mayo. Es decir, se asignarán citas del 7 de mayo en adelante. El último día con atención telefónica será el 1 de julio, coincidiendo con el final de la campaña de la renta. El día asignado «la Agencia Tributaria te llamará desde el teléfono 810520052 al teléfono que nos has facilitado (o desde el 917276222 si nos has facilitado un teléfono extranjero)», se explica.
También podrás cancelar o cambiar la cita por el mismo medio. La Agencia Tributaria suele pedir que se cancelen las citas con al menos 24 horas de antelación para poder reasignarlas a otra persona.
Las convocatorias iniciarán el 7 de mayo
La ayuda telefónica está pensada para usuarios con dificultades a la hora de afrontar la declaración o para usuarios primerizos. Sea como fuere, no todo el mundo puede acceder a esta opción. La Agencia Tributaria detalla las características específicas que se deben cumplir para poder acogerse a este proceso:
¿Quién puede concertar una cita por teléfono? ¿Qué pueden tener las declaraciones?
Desempeño laboralcon un límite de 65.000€ al año
Rendimientos del capital mobiliariocon un límite de 15.000€ al año
Rentabilidad del capital inmobiliario con el límite de 2 inmuebles alquilados o 2 contratos de alquiler
Devoluciones de actividad Negocios en módulos (con sus subsidios)
Ganancias de capital sujetas a retención o depósito a cuenta
Ganancias y pérdidas de capital por transferencia (con un máximo de 2 transmisiones)
Renta básica de emancipación
Subvenciones (excepto actividades económicas)
Imputación de rentas inmobiliarias
Resto de ganancias y pérdidas activos (sin transmisión)
En caso de dudas, toda la información ampliada se puede encontrar en la página de la Agencia Tributaria, en este enlace. Esto incluye información adicional sobre los procedimientos y requisitos para ser atendido telefónicamente, como la información que deberá prepararse el día de la llamada.