En tiempos de crisis, es muy común que la gente entre al Veraz para diferentes tipos de deudas, porque los números no alcanzan para cubrir todo cuando se llega a fin de mes. ¿Cómo puede una persona saber si su deuda ha vencido? ¿Y eso significa que ya no se puede reclamar la deuda?
La realidad es que cada tipo de deuda tiene una prescripción diferente. Las personas pueden incurrir en deudas en el banco donde tienen tarjeta de crédito, en monotributos o en impuestos sobre la renta de una casa o de una empresa, entre otros. Cada tipo de deuda tiene una prescripción diferente.
Mantente fuera del Veraz, que es el sitio de información financiera para personas y empresas con deudas impagas, tiene una variación dependiendo de la forma en que se contrajo la deuda. Algunas personas esperan años para salir de este sistema.
En tiempos de tanta crisis económica y tanta inflación, muchas personas tienen que dejar de pagar algunas cosas como las tarjetas de crédito para poder llegar a fin de mes con otros gastos, como el alquiler o la matrícula del colegio de los niños, o el pago anticipado.
Y esto se refleja en cómo cada vez más personas ingresan al Veraz, algunos incluso entran en la categoría y son catalogados como tales por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), sin saberlo.
Tipo de deuda y su prescripción.
Para saber si una deuda está prescrita se debe ingresar el código de identificación tributaria en el Centro de Deudores del Banco Central. Allí se debe ingresar el CUIT/CUIL, y si existe alguna deuda actual o histórica, se puede ver el nombre de la entidad declarante, el mes y el monto de la deuda.
Según cada tipo de deuda, depende la prescripción. Las deudas adquiridas cuando no se paga el gasto realizado con una tarjeta de crédito caducan a los 3 años. Impuestos – en AFIP, AGIP, ARBAy otros – a los 5 o 10 años, dependiendo de si el sujeto está registrado o no.
Las deudas comerciales generalmente vencen a los 2 años, al igual que otro tipo de deudas.
En Argentina, la prescripción de una deuda de tarjeta de crédito está establecida en la Ley de Tarjetas de Crédito en su ARTÍCULO 47, que señala que las acciones de esta ley prescriben en su acción ejecutiva al año y en sus acciones ordinarias a los tres años.
Ahora bien, este punto es muy importante. ¿Se puede cobrar una deuda después de 10 años? Sí, las deudas no se extinguen.. Es decir, el derecho a presentar reclamaciones legales puede expirar pero la deuda sigue existiendo. Por tanto, las empresas pueden reclamar a través de todos los medios de contacto posibles el pago de esa deuda.
Cómo saber si estás en el Veraz
Por otro lado, para aquellos que quieran saber si están en el Veraz Es posible revisar esto ingresando a la página del Banco Central y pasar por la sección “Central de Deudores”.
Una vez allí, se le solicitará ingresar al CUIL/CUIT y luego mostrar la certificación de situación crediticia emitida por el BCRA. Podrá tener alguna de las siguientes clasificaciones:
- Situación 1: En situación normal
- Situación 2: Con seguimiento especial
- Situación 3: Con problemas
- Situación 4: Con alto riesgo de insolvencia
- Situación 5: Irrecuperable
- Situación 6: Irrecuperable por provisión técnica