La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa del ex Ministro de Planificación Federal, Julio De Vido. Esto significa que De Vido continuará cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza en el marco de la causa por la tragedia ferroviaria del Once.
La decisión fue tomada con los votos de los jueces Guillermo Yacobucci y Javier Carbajo, mientras que Mariano Borinsky se pronunció en disidencia a favor de otorgar el beneficio solicitado por la defensa del exfuncionario. De Vido se encuentra detenido desde el 13 de noviembre pasado, cuando compareció ante los tribunales federales de Comodoro Py para comenzar a cumplir una pena de cuatro años de prisión que la Corte Suprema de Justicia dejó firme.
La máxima instancia judicial ratificó la sentencia emitida por el Tribunal Oral Federal N° 4, que lo consideró partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, por su responsabilidad en el manejo de fondos destinados al sistema ferroviario. La sentencia fue dictada en el marco de la investigación por la tragedia de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012, cuando una formación de la línea Sarmiento no logró detenerse al entrar a la estación terminal y provocó la muerte de 51 personas además de más de 700 heridos.
Durante su mandato como Ministro de Planificación, De Vido incumplió su deber de control sobre la concesionaria de Trenes de Buenos Aires y sobre el destino de los fondos públicos, a pesar de los reiterados informes que advertían sobre el deterioro del servicio ferroviario. Aunque fue absuelto del delito de destrucción negligente directamente vinculado al accidente, fue condenado por administración fraudulenta.
La defensa de De Vido argumentó que, debido a su edad avanzada y a sus problemas de salud, era necesario otorgarle el arresto domiciliario. Sin embargo, la mayoría del tribunal consideró que esos argumentos no eran suficientes para conceder el beneficio. Los jueces recordaron que la edad avanzada no otorga automáticamente el derecho al arresto domiciliario y que se debe demostrar que la detención en un establecimiento penitenciario implica un riesgo específico para la vida o la salud del condenado.
En este sentido, Casación tuvo en cuenta valoraciones médicas previas y resoluciones recientes del tribunal de ejecución. Con el fallo de la Sala de Casación Penal, De Vido seguirá internado en el penal de Ezeiza mientras cumple la condena impuesta por uno de los casos judiciales más emblemáticos derivado de la tragedia ferroviaria del Once.








