La maquinaria judicial se ha puesto en marcha con la apertura de diligencias de investigación por parte de la Fiscalía de la Audiencia Nacional para determinar si el «pico» del caso Rubiales es o no un delito de agresión sexual.
La clave de este asunto es el consentimiento -Jenni Hermoso solicita en su último comunicado «medidas ejemplares» para ese beso que ahora dice no fue deseado-, pero para que el proceso penal prospere hay que dar un paso más, coinciden fuentes jurídicas: » el perjudicado tendría que presentar una denuncia”. Y eso, por ahora, no ha sucedido.
AUDIENCIA NACIONAL
El caso ha terminado en ese alto tribunal porque los hechos ocurrieron en el extranjero (Australia) y afectan a dos ciudadanos españoles. De modo que el presunto delito, como ya ha dejado claro la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, «es perseguible» en nuestro país.
ARTÍCULO 178
Es el que podría aplicarse en este caso si se abre un proceso penal. Ese artículo del Código Penal establece penas de uno a cuatro años por agresión sexual a quienes realicen cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento.
Ese «pico» de Luis Rubiales a la campeona del mundo Jenni Hermoso podría encajar en este tipo delictivo, indican fuentes jurídicas, si se demuestra que el beso no fue deseado por el jugador y tiene (dijo que fue un beso como el que da a sus hijas) connotaciones sexuales.
El texto actual que persigue estas conductas es muy claro: «El tocamiento sorpresa o fugaz de zonas erógenas es merecedor de imputación penal, incluso cuando se realiza sobre la ropa (…), los besos en la boca (…), o tocar zonas no erógenas cuando las circunstancias del caso justifiquen apreciar un atentado contra la libertad sexual.
DENUNCIA DE LOS AFECTADOS
La Fiscalía podría actuar de oficio, aunque en estos casos este paso sólo suele darse cuando se trata de víctimas desprotegidas o vulnerables. Este no es el caso de la jugadora de la selección española de fútbol femenino.
Así, fuentes jurídicas coinciden en que sin una denuncia de Jenni Hermoso el asunto tiene actualmente muy pocas posibilidades de llegar a juicio. Un proceso de oficio sería extraño. El plazo de prescripción del delito es de 5 años. Por tanto, queda mucho tiempo para denunciar.
PLAZO DE 15 DÍAS
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha puesto en marcha su maquinaria tras la última versión de Hermoso en la que afirma que el beso no fue consentido. Da a la jugadora 15 días para presentarse, si lo desea, y ser informada de sus derechos como presunta víctima de agresión sexual recogidos en el artículo 178 del Código Penal. Entonces la pelota está en tu tejado.
LAS DILIGENCIAS
El proceso que ahora inicia la Fiscalía contra Luis Rubiales es de instrucción, previo al juicio. Aún no hay ningún caso abierto por delito. El asunto se encuentra en fase de estudio, a la espera de que llegue la denuncia de la presunta víctima y se determine si existen o no indicios suficientes para seguir adelante. De darse ese paso, el presidente de la Federación Española de Fútbol sería llamado a declarar ante el tribunal. Si el caso entra en vía penal, el resto de denuncias administrativas quedarían paralizadas.
LA LEY DEL SOLO SÍ ES SÍ
Es clave en este caso a la hora de tipificar el delito y fijar las penas por su comisión. Con el nuevo texto de la Ley de sólo si es sí, un beso en la boca puede ser acusado de agresión sexual aunque no se haya utilizado violencia, si esa acción se perpetra -como dice ahora el jugador- sin que la otra persona haya dado su permiso y denunciar esa falta de consentimiento.
ABUSO DE PODER
Es otra forma de explorar en la vía penal. El estado de superioridad de Rubiales sobre el jugador podría jugar en contra del primero si se demuestra que hubo abuso de poder en ese beso. Que cuando ocurre en el ambiente laboral -así es-, también se considera violencia, señalan juristas.
ACOSO LABORAL
Pero la cosa no acaba aquí. Ese «pico» también podría encajar en un caso de acoso laboral. El artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, que garantiza la igualdad entre hombres y mujeres, castiga «cualquier conducta, verbal o física, de carácter sexual, que tenga por objeto o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de la persona». ”en el entorno laboral.
¿Y EN AUSTRALIA?
En Australia, donde se jugó la final del Mundial de fútbol femenino y ocurrieron los hechos, ese beso también podría ser investigado. Así lo afirman, al menos, fuentes de la Policía de Nueva Gales del Sur recogidas por EFE. Para abrir un caso también sería imprescindible que Jenni Hermoso denunciara o testificara en ese país. Podría hacerlo en persona o virtualmente.
EXHIBICIONISMO
Entre la media docena de denuncias interpuestas desde distintos frentes contra Rubiales destaca otra; el que le acusa de «exhibicionismo obsceno ante una menor» por tocarse los genitales en presencia de la infanta Sofía.
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