La patronal catalana Foment del Treball ha interpuesto un recurso contra el impuesto sobre el patrimonio en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el que solicita que el tribunal plantee una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional.
Según ha explicado en rueda de prensa el presidente de la patronal, Josep Sánchez Llibre, la patronal va a utilizar esta nueva vía porque recientemente ha conseguido que el Tribunal Constitucional anule preceptos del impuesto de sociedades. La patronal lleva meses muy beligerante contra este impuesto y, hasta ahora, había elaborado dictámenes que destacaban la inconstitucionalidad del impuesto y los había enviado a las instituciones legítimas para presentar un recurso en la Audiencia Nacional: los partidos políticos con más de 50 diputados y senadores, comunidades autónomas y el Defensor del Pueblo.
En base a estos dictámenes, ha explicado Sánchez, el PP interpuso recurso en el TC sobre el impuesto en 2021. Foment elaboró otro dictamen sobre el llamado impuesto a las grandes fortunas, un recargo sobre el patrimonio aprobado en los presupuestos de 2022, que fue el base para que algunos gobiernos regionales presenten un recurso ante el Tribunal Constitucional.
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Según Sánchez Llibre, el impuesto a la riqueza es inconstitucional porque es confiscatorio, ya que grava bienes que en ocasiones no producen ingresos suficientes para pagarlo; Proviene del ahorro, por el cual el contribuyente ya pagó impuestos, y no responde a la capacidad de pago del contribuyente, ya que, sumando la tasa del impuesto al IRPF, puede superar el 60% de los ingresos del contribuyente.
Jordi de Juan, socio en procedimientos tributarios del despacho de abogados Crowe España y «autor intelectual» del nuevo mecanismo, ha explicado que con la demanda pretenden que el Tribunal Constitucional fije un límite a la renta del contribuyente a partir del cual la carga fiscal es confiscatoria, como lo ha hecho el Tribunal Constitucional de Alemania.
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Manuel J. Silva, asesor jurídico de Foment y socio consultor del despacho de abogados Roca & Junyent, ha recordado que este impuesto tiene un gran impacto en el tejido empresarial porque «hace que los directivos se vayan a territorios donde no se aplica, y en muchas ocasiones la la empresa deja atrás al gerente.” Silva ha recordado que este impuesto no existe en ningún otro país de la UE y resta competitividad a Cataluña a la hora de atraer inversiones empresariales.
La presentación del recurso fue aprobada ayer por la junta de Foment. Jordi de Juan explicó que desde el inicio del procedimiento la Audiencia Nacional podía tardar cuatro o cinco meses en presentar el asunto ante la Audiencia Nacional. Probablemente esto lo acumularía con el recurso de casación que ya ha presentado el PP, reconoció.
En caso de que la Corte Constitucional anulara efectivamente el impuesto, lo más probable es que no lo hiciera con carácter retroactivo, advirtió de Juan. Por ello, la administración recaudadora del impuesto, que son las comunidades autónomas y, por tanto, en Cataluña, la Generalitat, tendría que devolver lo pagado a los contribuyentes sólo en los casos en que lo hubieran reclamado, y sólo en lo que corresponda. a los últimos cuatro años.
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