El Gobierno de Estados Unidos tiene el poder de retener bienes, cuentas e ingresos durante una investigación fiscal. Este procedimiento, conocido como embargo federal, permite al Servicio de Impuestos Internos (IRS) confiscar propiedades o fondos para saldar una deuda tributaria. Aunque pueda parecer una medida extrema, es importante entender qué bienes pueden verse afectados y cuáles están protegidos por la ley para evitar consecuencias innecesarias.
Cuando se pueden retener activos o cuentas bancarias durante una investigación
El embargo de propiedad solo puede aplicarse cuando el contribuyente recibe una factura del IRS, no realiza el pago y han pasado al menos 30 días desde la emisión de la factura. Es importante tener en cuenta el aviso final de intención de apoderarse, ya que si no se presenta respuesta o acuerdo, la agencia podrá proceder al embargo del bien. Sin embargo, hay casos en los que el aviso previo no es obligatorio, como cuando la recaudación del impuesto esté en riesgo inmediato, si el contribuyente es un contratista federal con deuda activa, o cuando se trata de reembolsos estatales o impuestos sobre la nómina (DETL).
Bienes que pueden ser embargados
– Sueldos, salarios o comisiones hasta cubrir la deuda.
– Cuentas bancarias después de un período de apelación de 21 días.
– Ahorros para la jubilación, incluidos los planes IRA, SEP o Keogh.
– Pagos federales como las prestaciones de la Seguridad Social o los contratos públicos.
– Propiedades físicas como viviendas o vehículos, con una tasación previa.
¿Qué bienes están protegidos por la ley y no pueden ser embargados?
Las normas federales establecen que ciertos bienes no pueden ser embargados, ya que se consideran esenciales para la vida o el trabajo. Estas excepciones garantizan que el contribuyente se quede con lo necesario para sustentarse mientras resuelve su situación ante el IRS. Algunas propiedades exentas de embargo incluyen beneficios de desempleo, pagos por incapacidad militar, compensación laboral, asistencia pública federal o estatal, libros, ropa y muebles esenciales para el hogar, herramientas o equipos esenciales para el comercio o negocio, e ingreso mínimo semanal protegido por ley.
En caso de embargo, el IRS recomienda comunicarse al 800-829-1040 para negociar un plan de pago, presentar una apelación formal o solicitar una suspensión temporal por dificultades económicas. Estos esfuerzos pueden ralentizar el proceso y evitar la pérdida de bienes básicos. Es fundamental estar informado sobre los procedimientos y derechos en caso de enfrentar una investigación fiscal para tomar las medidas adecuadas y protegerse de posibles consecuencias negativas.








