La Cámara Federal de Casación Penal ratificó la validez del esquema impulsado por el Gobierno que permite extinguir los casos penales tributarios pagando la deuda, pero dejó una condición central: El beneficio sólo aplica si la cancelación es total.
Una decisión unánime por parte de la Sala IV, integrada por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, respaldó el alcance del Decreto 608/2024 que amplió los efectos del régimen establecido en la Ley 27.743.
En un caso específico analizado, una persona acusada de insolvencia fiscal fraudulenta intentó cerrar la causa penal alegando haber aceptado un plan de regularización. Sin embargo, tanto el tribunal oral de Mendoza como el de Casación concluyeron que el recurso de desestimación no procedía debido a que la deuda no había sido cancelada en su totalidad.
El punto crucial es que el régimen solo permite extinguir la acción penal si se cumple estrictamente con la condición de cancelar toda la deuda, tal como establece la normativa. La información proporcionada por ARCA, el organismo recaudador, es crucial en este proceso, ya que determina si la deuda ha sido pagada en su totalidad o no.
La defensa argumentó que el acusado había cumplido con un plan de pagos, pero la Cámara rechazó estos argumentos al constatar que solo una parte de la deuda había sido cancelada y que quedaba una cantidad pendiente por abonar. Además, se señaló que ciertas obligaciones no habían sido incluidas en los planes de regularización, lo que confirmó que la deuda no había sido completamente saldada.
El fallo de Casación establece criterios claros para los deudores tributarios que enfrentan procesos penales, enfatizando la importancia de pagar la deuda en su totalidad para poder acceder al beneficio de extinción penal. Además, se resalta la validez de los informes de ARCA como fuente principal para determinar el estado de la deuda, incluso en casos de versiones contradictorias por parte de la defensa.
En resumen, el régimen de extinción penal por pago de deudas tributarias sigue vigente, pero la cancelación total de la deuda es un requisito indispensable para acceder a este beneficio. Es fundamental para los contribuyentes comprender la importancia de cumplir con todas las obligaciones fiscales para evitar procesos penales y garantizar una correcta regularización de su situación tributaria.








