Desde la organización indicaron que este procedimiento permitirá “recuperar el dinero que el Poder Ejecutivo había transferido a la firma Los Cipreses SA”
Por iProfesional
05/02/2023 – 18:05
La Justicia confirmó la inhibición general de bienes a la empresa Buquebus por un monto mayor a 112 millones de pesos por el uso indebido de fondos del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). El fallo a favor de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permitirá recuperar el dinero que el Poder Ejecutivo había transferido a la firma Los Cipreses SA para afrontar el pago de salarios en medio de la crisis por el coronavirus.
Justicia falló a favor de AFIP: inhibición de activos a Buquebus
La organización que dirige Carlos Castagneto había demandado a la empresa de transporte fluvial por haber incumplido la normativa implementada por la ATP.
la AFIP exigió a Buquebus la devolución de 63 millones de pesos que recibió más interés del programa tras comprar dólares en la bolsa de valores en noviembre de 2020, operación incompatible con la adhesión al plan de apoyo al sector privado. Con base en esta incompatibilidad, la Dirección de Recursos de la Seguridad Social (DGRSS) solicitó la caducidad de los beneficios.
El año pasado, el Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo N° 9 ordenó la ejecución de las cantidades requeridas. El tribunal confirmó su decisión inhibir activos por un total de 112.5 millones de pesos.
La Justicia falló a favor de AFIP y confirmó la inhibición de activos a la empresa Buquebus.
AFIP: ya están vigentes los nuevos pisos para reportar movimientos
La AFIP actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y administradoras de billeteras virtuales deben reportar los movimientos que se produzcan en las cuentas de sus clientes.
Las modificaciones permiten a las entidades y administradoras agilizar sus operaciones y la agencia optimiza la información que recibe de forma automática y permanente sobre acreditaciones, retiros, saldos de cuentas, depósitos a plazo y consumos con tarjetas.
Recaudado de $ 90,000 a $ 200,000 el piso desde el cual las entidades financieras deberán informar el monto total acumulado de las acreditaciones y retiros mensuales, así como los saldos de las cuentas corrientes, de ahorro, de nómina o de seguridad social y cuentas especiales.
Para consumos con tarjetas de débito en el país, la obligación de informar ahora aplica cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a $120.000 mensuales en cada cuenta informada, en lugar del piso anterior de 30.000 pesos.
También se plantearon los montos a partir de los cuales las plataformas financieras electrónicas y digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago, deben reportar el listado de cuentas con las que se identifica cada uno de los clientes, las modificaciones que se produzcan y los montos totales de ingresos, gastos y balance final mensual.
Estos datos solo deben proporcionarse para cuentas que:
- En el período a informar, registre el total de ingresos o gastos, igual o mayor a $120,000 (antes era de $30,000.-), o
- Al último día hábil del período mensual informado, tienen saldos iguales o mayores -en valores absolutos- al $200.000 (cantidad previamente fijada en $90.000).
Con información de Telam, Reuters y AP