Como ocurre con el resto de medidas, yEl Estado absorbe buena parte del congelamiento de 90 días al aumento de las cuotas de afiliación y grupos familiares de las prepagas. Se hará a través de reducciones y aplazamientos en el pago de las aportaciones patronales que van a la Seguridad Social y a impuestos, según fuentes oficiales y privadas.
Actualmente los establecimientos del sector cuentan con una Reducción del 50% en el pago de aportes patronales hasta el 31 de diciembre de 2023 con destino al Sistema de Pensiones (ANSES) y una reducción en la tasa del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operaciones.
Por acuerdo tendrán un Reducción de estas aportaciones patronales del 100%. Y podrán diferir el pago neto del IVA para los periodos de agosto-diciembre de 2023 y que su pago sea financiado en un plan de 9 cuotas a partir de marzo de 2024, a tasas más bajas.
Fuentes oficiales dijeron que, como hasta ahora, los médicos y profesionales seguirán ajustando sus honorarios según sus paridades y/o lo que acuerden con las empresas del sector. Y que los incrementos del personal de Sanidad también se ajustarán en función de lo que resuelva la resolución conjunta.
En la segunda semana de octubre funcionarios y el sector privado se volverán a encontrar evaluar la situación y analizar si son necesarias o no nuevas medidas.
como se explica Clarín, el congelamiento se aplicará a afiliados y grupos familiares con ingresos no superiores a $2 millones brutos por mes, en la medida en que declaren no tener capacidad económica . Para ello deberán declarar sus ingresos y capacidad económica financiera a través de la aplicación que se encuentra en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud. (https://www.sssalud.gob.ar/misssalud)
Se considera el grupo familiar. no tiene capacidad económica cuando el propietario o sus afiliados: no poseen 2 o más propiedadesno ser propietarios de 3 o más vehículos, salvo los hogares donde exista al menos un conviviente con Certificado Único de Discapacidad, no ser propietarios de 1 o más aeronaves o embarcaciones de lujo según el tipo aplicable por la AFIP, o no poseer activos de empresas que Expresar plena capacidad económica, según se detalla en la declaración de empresas del sector (como prepagas, clínicas, sanatorios, laboratorios, hospitales privados, obras sociales de personal directivo).
Así, por ejemplo, un afiliado y un familiar con ingresos inferiores a 2 millones de dólares mensuales pero tiene 2 propiedades, no se congela el cupo y se aplica el porcentaje del Índice de Costo en Salud.
El congelamiento del aumento de cuota tiene una vigencia de 90 días, para los meses de octubre, noviembre y diciembre. Mientras tanto, los afiliados deberán pagar las facturas con el aumento de septiembre -de 7,18% o 5,58%– porque fueron enviadas a los afiliados en la segunda quincena de agosto.
Con información de: Telam, AF News y OpenAi