Rechazan medida cautelar contra reformas a la Ley de Glaciares en Argentina
El Juzgado Federal de Santa Rosa rechazó este viernes la medida cautelar solicitada por el gobierno de La Pampa, la Universidad Nacional de La Pampa (UNLPam) y organizaciones ambientalistas, que estaban buscando suspender urgentemente las recientes reformas a la Ley de Glaciares en todo el país.
Habilitación de la ruta de protección colectiva
Sin embargo, en la misma resolución, el juez a cargo del caso habilitó formalmente la ruta de protección colectiva, lo que permitirá debatir la cuestión de fondo de la supuesta inconstitucionalidad de la nueva normativa.
La demanda había sido impulsada por el gobernador pampeano, Sergio Ziliotto, junto al rector de la UNLPam y representantes de la Fundación Chadileuvú y la Asociación Por los Ríos Pampeanos. Los demandantes argumentaron que la Ley 27.804, sancionada en abril de 2026, introduce modificaciones regresivas al sistema de protección ambiental diseñado por la original Ley 26.639.
Rechazo a la medida cautelar
Al justificar su rechazo a la medida cautelar, el juez federal Juan José Baric sostuvo que suspender los efectos de una ley dictada por el Congreso con alcance general (erga omnes) es una decisión de carácter excepcional que tiene gravedad institucional. El magistrado se basó en jurisprudencia del Tribunal Supremo para señalar que una medida cautelar de esta magnitud presupondría atribuir competencias que alteran el modelo de control de constitucionalidad y el principio de división del poder.
En la misma línea, Baric advirtió que la provincia y las organizaciones no pudieron demostrar daño actual o amenaza inminente que justifica la urgencia de la paralización de la ley. Según el fallo, la impugnación se realizó “en abstracto” y mencionó la explotación minera de manera genérica, sin individualizar proyectos específicos ni detallar qué glaciares o geoformas periglaciares específicos se verían directamente afectados por el nuevo marco legal.
Abierta la vía jurídica para un debate sustantivo
A pesar de este revés inicial para los demandantes, la decisión judicial dejó abierta la vía jurídica para un debate sustantivo. El juez declaró formalmente procedente la protección ambiental colectiva y, en los términos de la Ley 16.986, ordenó al Estado Nacional presentar un informe detallado en el plazo de cinco días. De esta manera, la Justicia federal entrará formalmente en el análisis profundo de la legalidad de los cambios introducidos.
La modificación de la Ley de Glaciares se convirtió en uno de los focos de mayor tensión entre el gobierno nacional, organizaciones ambientalistas y algunas provincias. Mientras el oficialismo y el sector minero defienden los cambios como una herramienta clave para desbloquear inversiones y precisar las zonas de exclusión, los demandantes sostienen que la descentralización de las decisiones y la redefinición del objeto protegido representan un riesgo irreversible para las reservas estratégicas de agua dulce en Argentina.








