«Como tregua y buena noticia para el derecho de las audiencias», la resolución unánime del Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al declarar la inconstitucionalidad del decreto que reformó la Ley de Telecomunicaciones en 2017.
En entrevista, Federico González Luna, Director General de la Organización Iberoamericana de Telecomunicaciones (OTI)Explicó que es positivo «que se haya evitado un atropello al derecho a la libertad de expresión ya la libertad de prensa».
Dijo: “Me preocupó mucho que la Corte considerara constitucionalmente válido obligar a los comunicadores, reporteros o cualquier persona que utilice el micrófono a distinguir en cada caso y en todo momento el hecho noticioso de la opinión de quien lo presenta. Eso fue muy grave».
Reveló que, por no hacer la distinción entre opinión o noticia, las sanciones irían desde la suspensión cautelar del programa o de toda la emisora, si así lo consideraran, además de multas del 3 por ciento de los ingresos anuales por cada infracción cometida. por la persona, estación de radio o televisión.
COCHE
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